Por JORGE AFARIAN
El caso argentino es revelador del impacto de las políticas y prácticas neoliberales en las relaciones laborales colectivas y su efecto en el sindicalismo, mediante el impulso a la desregulación y la flexibilización. El artículo, tras una contextualización de los cambios en las relaciones laborales y la negociación colectiva en el país, explica el repliegue defensivo de los sindicatos tradicionales y el nacimiento, ya en el siglo XXI de un movimiento sindical de base, con características más ofensivas y, añade, una previsible confluencia entre ambas iniciativas.
Morfología de las relaciones colectivas (1990-2010)
De acuerdo con una gran parte de la literatura sociológica, económica e histórica, las modificaciones en la lógica económica y laboral de la década del noventa, producto de la apertura externa, las privatizaciones, el aumento de las importaciones, la subcontratación laboral, las nuevas (y precarias) contrataciones laborales, barrieron con la relación contractual de trabajo por tiempo indeterminado. Esto también limitó la actuación de los sindicatos verticales (o de actividad), con lo que se aseguró una ofensiva contra los asalariados sin o con escasa resistencia sindical debido a la limitación en la actuación colectiva (Bunel, 1992; Fernández, 1997).
En términos normativos, la década del noventa no presenta modificaciones legales relevantes en materia de derecho colectivo, independientemente de decretos como el 1.334/91 y 470/93, modificatorios del decreto 199/88, derivados de la Ley sobre Convenciones Colectivas de Trabajo 14.250. Aquellos regularon sobre la descentralización de la negociación colectiva y la fijación de salarios por productividad, redundando en la necesidad de una mayor contracción de las tareas e intensidad en el trabajo. Por el contrario, es en el ámbito de los hechos en el que las negociaciones colectivas pactan y acuerdan cláusulas vejatorias de derechos laborales, todo ello mediante su homologación por parte del Poder Ejecutivo de ese entonces, otorgando legitimidad y alcance general a estos acuerdos1.
Esta cuestión no es un tema menor, puesto que las regulaciones estatales de carácter contractual e individual condicionaron la actividad de los sindicatos, utilizando su capacidad de negociación para fijar remuneraciones mediante cálculos y formulaciones cuya mayor exigencia era la productividad. Por ello, consideramos que no fue necesaria una reforma de la normativa “integral” del derecho colectivo.
El caso argentino es revelador del impacto de las políticas y prácticas neoliberales en las relaciones laborales colectivas y su efecto en el sindicalismo, mediante el impulso a la desregulación y la flexibilización
Durante la década del noventa, en consecuencia, cambia la composición de las negociaciones colectivas y la mayoría de los convenios y acuerdos sindicales se pactan por empresa (Palomino y Trajtemberg, 2006). Por un lado, y en un sentido que podríamos denominar “general” se pactaron autorizaciones para establecer modalidades de contratación por tiempo determinado, en el sentido que contrariaba la contratación indefinida y hasta la jubilación del trabajador. Por el otro, en un sentido “particular” se presenciaron cambios en la jornada, la organización del trabajo y el salario (en el ámbito empresarial e individual).
Concretamente, podría decirse que también se “individualizaron” las relaciones colectivas, puesto que las negociaciones de empresa quitaron virtualidad a las negociaciones de actividad o profesión, de alcances representativos y territoriales más extensos en número de trabajadores/as. En esta sintonía, “la introducción de nuevas formas de empleo “atípicas” (contrataciones precarias) favorecía la mercantilización de la mano de obra, erosionando el estatus relativamente protegido que los asalariados cubiertos por la negociación colectiva habían conservado hasta entonces” (Palomino y Trajtemberg, 2006: 49).
De acuerdo con Novick y Tomada (2001), la negociación colectiva constituyó un instrumento legitimador de la flexibilización laboral impuesta desde el gobierno a través de numerosas leyes de flexibilización, entre muchas otras políticas públicas estatales. Todas estas características obligaron a un gran número de sindicatos tradicionales a asumir posiciones, al menos, defensivas (como la Confederación General del Trabajo). Otras organizaciones, más combativas, se negaron a negociar condiciones de trabajo desfavorables, por lo que adoptaron una actitud ofensiva contra el gobierno (la Central de Trabajadores de la Argentina y hasta cierto punto el Movimiento de los Trabajadores Argentinos, son algunos ejemplos, además de los movimientos sociales territoriales, como la Corriente Clasista y Combativa, o el movimiento piquetero, entre otros).
La crisis del año 2001 sólo vino a acentuar la crisis de representatividad sindical, con un mayor protagonismo de los colectivos de base y de los movimientos sociales, muchos de los cuales, con el correr de la década, fueron consolidándose como sujetos independientes y con un mayor nivel de organización (la CTEP, como analizaremos más adelante, es un ejemplo de ello).
De acuerdo con numerosos autores y autoras, advertimos que luego de asumir la presidencia Néstor Kirchner se consolida un sindicalismo de base en Argentina, a partir del alejamiento de los colectivos sindicales de las cúpulas gremiales, que dotó a aquellos de una identidad y acción diferenciales. Al mismo tiempo, es en aquel momento que se produce una relación más estrecha entre los organismos del gobierno y aquellos nuevos grupos, con diferentes intensidades, métodos y resoluciones.
La negociación colectiva a la que aludiamos, limitada al ámbito de la empresa produjo el estrechamiento de las relaciones de los grupos intra-fabriles de delegados y delegadas, comisiones internas y representantes gremiales con sus representados/as, a través de vínculos complejos y directos, a la vez que adoptaron decisiones de tipo asambleario (como los trabajadores y trabajadoras del metro de Buenos Aires) (Varela, 2013; Montes Cató y Ventrici, 2010).
Sumado a ello, y producto de la relativa recuperación de la crisis económico-social desde 2003, se observa la vuelta de los sindicatos jerárquicos al primer plano de la política argentina, tanto a través de la firma de numerosos convenios colectivos de trabajo y pactos sociales convocados por el gobierno nacional, como en campañas electorales en apoyo de los candidatos del partido gubernamental, entre otras prácticas (Etchemendy y Collier, 2008). Sobre este punto volveremos más adelante.
la negociación colectiva constituyó un instrumento legitimador de la flexibilización laboral impuesta desde el gobierno a través de numerosas leyes de flexibilización, entre muchas otras políticas públicas estatales
Paula Varela (2013) expresa que el nuevo sindicalismo de base se fundamenta, en primer término, en el crecimiento económico y del empleo tras la devaluación del año 2001, lo que habilitó la incorporación de nuevos trabajadores en las fábricas, produciendo de este modo renovaciones generacionales no disciplinadas por el desempleo masivo de los años noventa. A su vez, se exalta el método asambleario en la toma de decisiones y la presencia de militantes de izquierda que disputan el control en los espacios de trabajo. Todo ello contribuye a una caracterización de este proceso de organización “por abajo”.
En segundo lugar, el Estado kirchnerista alentaba “desde arriba” las luchas reivindicativas obreras, lo que aumentaba las expectativas de los asalariados respecto del mejoramiento de su remuneración y demás condiciones de trabajo. Sumado esto a la debilidad del sindicalismo de actividad y tradicional, como expresáramos, también se evidencia la fragmentación del colectivo entre efectivos (por tiempo indeterminado), contratados/as (temporales) y tercerizados (por ejemplo, subcontratados/as), junto con la justificación de dichas prácticas por parte de las direcciones sindicales. Ello conlleva a que el cuerpo de delegados y delegadas se transforme en el representante “genuino” de una determinada fracción del establecimiento. Sumado a todo ello, Varela señala el desprestigio general de las cúpulas sindicales por su accionar en los noventa a través del mantenimiento de las condiciones de empleo precario, en concordancia con el gobierno.
A continuación, la autora se detiene en tres aspectos definitorios de las potencialidades y alcances del sindicalismo de base en aquel momento. Haremos una breve mención de ellos porque sintetiza, desde una visión de conflicto de clases, las dinámicas de estos años:
1- El mantenimiento de las condiciones de precarización como “pacto silencioso”: Tomando una noción de precarización ampliada a tres campos (la relación de dependencia, desde el trabajo estable hasta el no registrado, las formas de explotación, que incluye la organización, la jornada laboral y la remuneración, y la organización sindical, principalmente a través de la tasa de sindicalización y el rol del empleo precario en la ecuación), Varela alude a un mantenimiento en los convenios colectivos de trabajo de las condiciones de precarización laboral en que se sostiene el crecimiento económico y del empleo luego de la devaluación. A partir de las tres nociones de precarización, se produce una situación de alta indefensión para la gran mayoría de los trabajadores en Argentina, que cuestiona la tesis acerca de la correlación entre crecimiento del empleo y crecimiento de su calidad como desempeño “virtuoso” del empleo.
Concretamente, hallamos un desfase entre cantidad y calidad, traducida en un aumento de la cantidad y profundización de ciertas tareas y el mantenimiento de la precarización basada en una fragmentación de la fuerza de trabajo a través de los tipos de relación de dependencia, las condiciones y organización del trabajo que alientan la individuación del colectivo del establecimiento y la escasa participación o ausencia de la organización sindical en los espacios de trabajo a través de delegados o representantes. Así, puede comprenderse la responsabilidad de las dirigencias sindicales burocráticas en la justificación de la precarización laboral, lo que explica también el surgimiento de un sindicalismo de base, constituyendo este último la expresión de las contradicciones entre la recuperación del espacio de trabajo y el rol de las cúpulas sindicales a propósito del mantenimiento de recetas neoliberales.
2- El anacronismo (o incipiente actualización) de las burocracias sindicales. La autora reconsidera la visión extendida en la academia que analiza el accionar en los noventa de las cúpulas sindicales como “reacciones” ante las modificaciones en el mundo del trabajo y en las formas de organización y control laboral. Particularmente, alude a las políticas estatales que afectaron la negociación colectiva y quitaron poder de negociación a los sindicatos y, a nivel empresarial, las modificaciones en la organización del trabajo y la tecnología, también en detrimento de los gremios. Por otro lado, hallamos la crisis de representatividad, que se evidencia en la escasa identificación y adhesión de los trabajadores hacia el sindicato. En este sentido, desde el “sindicalismo empresario” hasta el “nuevo sindicalismo” (Central de Trabajadores de la Argentina), podemos encontrar diversas manifestaciones de estas “reacciones”.
Sin perjuicio de ello, Varela considera errónea la traslación mecánica entre los factores aludidos y la crisis de representatividad sindical. Ello porque quita responsabilidad a las direcciones sindicales atribuyendo el retroceso a la imposición “desde arriba” de las modificaciones estructurales en materia laboral y económica. Muy por el contrario, la generalidad de las cúpulas avaló las reformas neoliberales y comenzaron a delinear sindicatos de servicios, llevando ínsita una lógica “fidelización” de los afiliados.
3- La crisis económica mundial de 2008 profundizó las contradicciones: A nivel económico, la crisis profundizó los síntomas de agotamiento del modelo económico kirchnerista, que se observó en la caída del producto, la merma de la actividad industrial (especialmente la automotriz), la caída del comercio exterior y la contracción de la creación de empleo. En lo que respecta a los conflictos colectivos de asalariados, se desarrollaron las primeras luchas contra los despidos masivos como el caso de Iveco y Gestamp o la toma de fábricas en las metalúrgicas Paraná Metal y Mahle, la papelera Massuh y la gráfica Indugraf.
A su vez, también se presenciaron contradicciones entre las cúpulas sindicales y el gobierno nacional, ante conflictos gremiales encabezados por dirigentes de base opositores a este último. El conflicto de la empresa alimenticia Kraft en 2009 visibilizó la imposibilidad de “resolución pacífica” de la doble presión de las direcciones sindicales: “desde abajo”, a través de las exigencias obreras por la conservación de los puestos de trabajo y la organización sindical de base y “desde arriba”, por medio de la presión de la empresa multinacional y la intervención de la embajada estadounidense para “producir lo mismo con menos trabajadores”, aumentando la tasa de explotación y desbaratando la organizaciones en el lugar de trabajo a través de despidos de activistas y miembros del cuerpo de delegados. A todo ello se suma el rol del gobierno nacional, que intenta contener la protesta social.
Por otro lado, y a pesar del mentado crecimiento en el año posterior a la crisis de 2008, Varela (2013) considera necesario añadir una observación: mientras el crecimiento del PIB alcanzó niveles superiores a los previos a dicha crisis, el crecimiento del empleo se estancó en el mismo período. En relación con el empleo en el sector productor de bienes, la diferencia entre crecimiento del producto y crecimiento del empleo es muy superior.
En similares términos, otros autores expresan que el período de los años 2003-2006, luego de atravesar la crisis a la que aludimos previamente, la economía y la actividad productiva se recuperaron rápidamente. Es el Poder Ejecutivo quien aumenta los salarios mediante, en un primer momento, decretos de necesidad y urgencia, y luego por la reapertura de las negociaciones colectivas en el caso de los trabajadores asalariados registrados. Entre los años 2007 y 2008, si bien la economía continúa en ascenso, la creación de empleo se detiene y la actualización de los salarios a través de la negociación colectiva se estanca, debido a una inflación elevada. Finalmente, a partir de finales de 2008 el impacto de la crisis mundial también transforma la coyuntura, con una desaceleración de la actividad económica y productiva, que se añade a la disminución de la ocupación en ciertas ramas de actividad.
Algunas teorías sobre la composición sindical en aquellos años
Junto con el protagonismo del sindicalismo de base, casi al mismo tiempo podemos reconocer un resurgimiento de los sindicatos en colaboración con los movimientos sociales, lo que en aquella época se conoció como “sindicalismo de movimiento social” (Moody, 1997; Fairbrother, 2008), que reafirma la centralidad de la democracia sindical, la lucha de clases y la participación horizontal, independiente de los partidos, ampliando la base de representación sindical hacia otros sectores como otros sindicatos, organizaciones y asambleas barriales y diversos movimientos sociales. Como expresáramos más arriba, un ejemplo de esta tendencia es la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA), constituida en el año 1992.
La CTA no sólo incluía en su representación a los trabajadores registrados, sino también a los desocupados, a los cuentapropistas, ubicando la zona de influencia y de reclamo no sólo en el espacio de trabajo, sino a través de las calles, las rutas y el espacio público. Aquella adhesión incluía trabajadores/as del Estado, docentes, aeronáuticos, comunidades indígenas, cooperativas de vivienda, jubilados, asociaciones y sociedades de fomento barriales, desocupados, entre muchos otros. Esta organización sindical venía, de alguna manera, a disputar el espacio de representación a otra organización, la Confederación General del Trabajo. Esta nucleaba gran parte de la industria y de las actividades consideradas de gran importancia, como el transporte, la metalurgia, los empleados de comercio, entre otras.
Al mismo tiempo, y de acuerdo con otra doctrina, al comienzo del nuevo milenio, la representación colectiva adopta una nueva morfología, que fue denominada como “neocorporativismo segmentado” (Etchemendy y Collier, 2008). Se lo ha caracterizado como una modalidad de negociaciones colectivas a nivel de cúpulas en las que sindicatos de carácter monopólico, asociaciones empresarias y el gobierno pactan un salario mínimo general y salarios sectoriales acordes a las probabilidades de inflación, que se aplican solo a los trabajadores/as registrados, por lo que los informales y precarios no estarían considerados. Por ello la denominación de “segmentado”, ya que diferencia entre esta masa de trabajadores, entre los registrados y los que no lo están.
En este sentido el neocorporativismo, al contrario de lo que sucedía en años anteriores en los que proliferaban los acuerdos de empresa2, restablece a los líderes sindicales como interlocutores cruciales del gobierno y las asociaciones empresarias en negociaciones salariales a gran escala y a través de dirigentes jerárquicamente superiores. Por otro lado, esta modificación conllevó el incremento de la capacidad de movilización colectiva, lo que también contribuyó a que grandes porciones de trabajadores del sector formal recuperasen su nivel salarial. Por ello la denominación de “neocorporativismo”, por su relación estrecha a nivel de cúpulas y con el gobierno, pero alejados de los partidos políticos y autónomos del Estado (Etchemendy y Collier, 2008).
En esta sintonía, diversos autores/as expresan que luego de 2003 se produce un renovado protagonismo de las organizaciones sindicales, que se ve en el aumento del conflicto laboral frente a otros conflictos sociales y en el crecimiento de las negociaciones colectivas de trabajo, lo que podría denominarse “revitalización sindical”. En este sentido, la revitalización reside en la mayor movilización sindical debido a una fuerte recuperación económica, el incremento de la afiliación tras la recuperación del empleo formal y el aumento salarial a partir de convenios colectivos.
Los autores Atzeni y Ghigliani (2007) expresan que aquella “revitalización” en la Argentina no sería tal, puesto que de su análisis no habría nuevas estrategias organizativas y vínculos de los sindicatos con otras organizaciones sociales, sino un resurgimiento sindical asociado básicamente con prácticas tradicionales. Sumado a ello, la capacidad de los trabajadores para confrontar con los empleadores en el lugar de trabajo es muy limitada, por las escasas comisiones internas y escasa presencia de delegados/as en los lugares de trabajo. El aumento de las negociaciones colectivas no se debe a un aumento de convenios colectivos de trabajo, sino de acuerdos que se refieren principalmente a ajustes salariales.
A su vez, cabe mencionar las nuevas formas de asociacionismo surgidas a partir de 2010, que se enmarcan en las estrategias de construcción colectiva “local” y en la dimensión territorial de la acción sindical. Todo ello se relaciona también con las transformaciones de la movilización y protesta sociolaboral y sindical de la década de los noventa. El ejemplo más claro de estas formas organizativas es el de uno de los bastiones de las organizaciones sociales, el movimiento piquetero, de las cooperativas de trabajo y las organizaciones de la economía social y popular, todas ellas surgidas en décadas anteriores. Nos referimos a la Confederación de Trabajadores de la Economía Popular (CTEP), la que durante los últimos años disputó el reconocimiento gremial de su organización, inscribiéndose bajo una forma sindical, e incluso negociando su ingreso en la Confederación General del Trabajo.
La CTEP como experiencia socio-sindical (2011-2020)
Esta experiencia es de lo más interesante, podría ser una evidencia de aquel “sindicalismo de movimiento social” al que aludíamos anteriormente y que se expresó en nuestro país durante la década del noventa. Aquí también observamos que una gran parte de los/as afiliados y afiliadas se encuentran fuera del flujo del trabajo formal y registrado, cuestionando y problematizando el concepto mismo de trabajo y los lazos colectivos que éste crea. Si bien su constitución se corresponde con una coyuntura nacional e internacional particular, que implicaba un mayor estancamiento económico y laboral, también veremos que muchas de las organizaciones que la componen surgieron a mitad de los noventa en medio de una sensible modificación del trabajo y las relaciones sociales de producción.
Esto es importante, puesto que la CTEP nos aporta algunos indicios sobre los usos del conflicto en diferentes épocas, también sobre las tradiciones e identidades colectivas que aún se mantienen y se reivindican, a pesar del tiempo transcurrido. Nos detendremos sucintamente en sus principales características, su participación durante el último gobierno de Cristina Fernández de Kirchner (2011-2015) y, especialmente, durante el de Mauricio Macri (2015-2019).
Siguiendo a Natalucci y Morris (2019) desde el año 2003 hasta el 2008 se había instalado a través del prisma del Estado un imaginario que anudaba trabajo, reactivación industrial y movilidad social ascendente, por el cual se daba por sentado que el crecimiento económico conllevaría a la integración social de todos los sectores populares. Sin embargo, la crisis política denominada “del campo” debido a la intención del flamante gobierno de Cristina Fernández de Kirchner de aplicar retenciones a las exportaciones de productos agropecuarios y la crisis financiera internacional, ambas de 2008/2009, limitaron esa visión.
Se había instalado a través del prisma del Estado un imaginario que anudaba trabajo, reactivación industrial y movilidad social ascendente, por el cual se daba por sentado que el crecimiento económico conllevaría a la integración social de todos los sectores populares
Esta crisis internacional detiene el aumento del empleo y reducción de la informalidad para recuperarse levemente después de 2010 y volver a estancarse en el año 2012. Consecuentemente, y con el fin de contrarrestar los efectos del desempleo y la crisis económica, el Poder Ejecutivo crea el Programa Ingreso Social con Trabajo (PRIST, denominado también Argentina Trabaja) destinado al mejoramiento de los espacios públicos y dirigido a personas pertenecientes a hogares en situación de alta vulnerabilidad social y económica, trabajadores no registrados y personas que no recibían otras prestaciones de la seguridad social, como jubilaciones, pensiones, ni otros planes de ayuda estatal.
Sumado a ello, en 2009 se crea también la Asignación Universal por Hijo (AUH), que constituye una prestación no contributiva de la seguridad social, también para trabajadores/as informales, no registrados/as y desocupados/as con hijos o hijas menores de 18 años. A través de la AUH, el Estado fomentaría el empleo generando ingresos a las familias, las que se encontrarían en mejores condiciones de hallar un trabajo, asumiendo una postura de reconocimiento de derechos fundamentales y sociales integrales con énfasis en la inclusión.
Es en ese contexto de crisis económica nacional e internacional que surge la CTEP, creada en el año 2011, uno de cuyos objetivos era encontrar un reconocimiento del Estado hacia los trabajadores de la economía popular e informales, la firma de un convenio colectivo de trabajo específico que regule las condiciones de trabajo, junto con la inscripción como organización de tipo sindical, en representación de un sector concreto del proceso productivo. Los colectivos que participaron en su fundación fueron el Movimiento Evita (ME), el Movimiento Nacional de Empresas Recuperadas (MNFR), el Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE), La Alameda, la Federación de Trabajadores de Cooperativas de Infraestructura Social (FeTralCo), entre muchos otros.
Podemos hallar dos formas de organización general de los sectores populares. Por un lado, la organización sindical que consiste en el agrupamiento de trabajadoras y trabajadores de una misma actividad, oficio o zona geográfica, para luchar por reivindicaciones tales como mejores ingresos y salarios, mejores condiciones de trabajo y acceso a diversos derechos sociales. Por otro lado, la organización económica, que consiste en la creación y administración de unidades económicas que garanticen la creación y distribución de bienes y servicios que permitan generar ingresos y mejorar la calidad de vida de los trabajadores y sus familias, como por ejemplo cooperativas, asociaciones, emprendimientos, mutuales, obras sociales, etcétera.
La composición de la CTEP es heterogénea, ya que constaba de representaciones cercanas al gobierno peronista de aquel momento, como también de izquierda y opositoras del primero. Cabe agregar que la CTEP reclamó su inclusión dentro de la Confederación General del Trabajo, siendo un dato de gran importancia puesto que dicha confederación forma parte de estructuras burocráticas tradicionales. La CTA, originariamente constituida para nuclear trabajadores desocupados, cooperativistas e informales, no fue la asociación escogida por los miembros de la CTEP. Por otro lado, y de acuerdo con calificada bibliografía, si bien la CTEP surge en una época de gran conflictividad y crisis económica estructural, los gobiernos kirchneristas, a través de un fuerte énfasis en la creación de empleo, tanto a través de políticas sociales como de decisiones económicas para el estímulo del consumo, también contribuyeron al crecimiento y desarrollo de este colectivo, junto con el reconocimiento y ensanchamiento de los derechos de los trabajadores de la economía popular.
Desde el año 2015, con el triunfo de Mauricio Macri en las elecciones presidenciales, la CTEP comienza a evidenciar una mayor participación, tanto en términos institucionales como en los conflictos colectivos y reclamos. Al contrario de lo sucedido en los años anteriores, las políticas económicas macristas limitaron y eliminaron numerosas políticas de distribución del ingreso, empleo y trabajo, propias de los dos gobiernos kirchneristas anteriores. Se dispuso un achicamiento del Estado, produciéndose despidos en el sector público, eliminando numerosos ministerios y secretarías administrativas, se devaluó la moneda en más de un 40%, hubo un enorme crecimiento de la inflación, especialmente en los últimos dos años de su gobierno. Por otro lado, se propuso una reforma laboral sensiblemente regresiva en materia de derechos individuales y colectivos, pero que finalmente no tuvo acogida. Sin embargo, sí fueron aprobadas en el congreso reformas previsionales e impositivas del mismo tenor.
Sin perjuicio de ello, en 2016 y luego de varias jornadas de protestas a favor de ésta en diversos ministerios y en el Congreso, se sanciona la Ley de Emergencia Social 27.345 cuyo objeto es “promover y defender los derechos de los trabajadores y trabajadoras que se desempeñan en la economía popular, en todo el territorio nacional, con miras a garantizarles alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, cobertura médica, transporte y esparcimiento, vacaciones y protección previsional, con fundamento en las garantías otorgadas al “trabajo en sus diversas formas” por el artículo 14 bis y en el mandato de procurar “el progreso económico con justicia social” establecido en el artículo 75, inciso 19, ambos de la Constitución Nacional” (art. 2 de la Ley).
La CTEP fue inscripta en el Registro de Organizaciones Sociales de la Economía Popular y Empresas Autogestionadas (ROSEPEA) creado por el Ministerio de Trabajo. Dicha inscripción implicó el reconocimiento de la llamada personería social, distinta de la personería gremial, propia de las organizaciones sindicales tradicionales, pero adoptando denominaciones institucionales similares a estas.
La Resolución 32/16 de principios de 2016, además de crear el mencionado registro, específica que “resulta obvio entender que como resultado de procesos históricos y económico sociales la llamada Economía Social, o Economía Popular es un fenómeno notorio de los últimos 30 años que con sus complejidades reúne distintas características desde formas nuevas y sui generis respecto de la realidad sociolaboral histórica de nuestro país hasta trabajo autogestionado, todas ellas sin un reconocimiento legal aunque haya emanado del Congreso Nacional”. En este sentido, también se reconocieron facultades para las organizaciones inscriptas, así como la posibilidad de designar representantes.
Juan Grabois (2016), uno de los mayores referentes de la CTEP, expresaba que la definición de trabajadores de la economía popular se obtenía “por descarte”, puesto que para definir su naturaleza es necesario especificar a qué trabajadores no se les aplica la nueva normativa, es decir a los/as trabajadores/as dependientes registrados de los sectores público y privado. Tampoco se aplica a los trabajadores dependientes no registrados que están amparados por las mismas leyes, pero en situación de fraude laboral, puesto que allí son de aplicación los principios generales del derecho del trabajo, como el protectorio y el de primacía de la realidad.
Este autor concluye que se trata de un nuevo sujeto que emerge de un paradigma socioeconómico global, donde el trabajo asalariado estable ya no es la regla, sino que cobra importancia un nuevo segmento compuesto por una nueva clase de trabajadores/as. Estos sujetos serían los/as trabajadores/as independientes que se desempeñan en unidades económicas que, por su modalidad organizativa y el segmento socioeconómico en el que se desarrollan, se denominan “populares”.
Es interesante a su vez el concepto de personería social, puesto que otra de las características problemáticas además de la personería gremial, es que el otorgamiento tanto de ésta como de la personería jurídica, establecidos en la normativa, se ha limitado a asociaciones sindicales de trabajadores asalariados dependientes y registrados. Por ello, el reconocimiento de la personería social en el ROSEPEA es un registro sindical complementario, asimilable en su naturaleza al de la Ley de Asociaciones Sindicales 23.551, pero correctamente separado de éste por las características específicas del sector sociolaboral que aborda, creando una nueva forma de organización gremial, dentro de la estructura normativa tradicional.
Este autor, por otro lado, considera que la creación de este nuevo registro importa una “verdadera ampliación de la libertad sindical y el derecho de agremiación que va en el sentido de la Recomendación 204” de la OIT, puesto que dicha norma obliga a los países miembros de dicha organización a garantizar la libertad sindical y el derecho de negociación colectiva para los trabajadores de la economía informal.
El objetivo de la CTEP no es solo buscar respuesta a situaciones concretas que están relacionadas con una situación de aumento de ingresos, sino dar derecho a sectores que históricamente fueron relegados de mejores derechos. Sumado a ello, estas demandas poseen un trasfondo que remiten a la transformación de las relaciones sociales y no solo laborales, asumiendo incluso consignas y demandas que fueron características del movimiento piquetero. Las principales exigencias, huelgas y movilizaciones están dirigidas hacia el Estado, principalmente al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y en segundo término hacia el Ministerio de Desarrollo Social.
A finales de 2019, luego de la elección de Alberto Fernández como presidente de la Argentina, la CTEP junto con delegados y delegadas de la Corriente Clasista y Combativa (CCC), Barrios de Pie y el Frente Popular “Darío Santillán”, dieron comienzo a un sindicato único cuyo objetivo es la representación de los derechos del sector de la economía popular. Se denominó UTEP (Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular) y uno de cuyos objetivos es ingresar en la CGT.
Conclusiones
De esta breve crónica, sustentada en una abundante y heterogénea literatura imposible de citar en este trabajo, extraemos los enormes cambios que experimentaron los/as trabajadores/as a raíz de las nuevas formas de producción, en las que confluyeron una enorme competitividad, la transnacionalización del capital, la deslocalización y subcontratación, junto a una mayor tecnologización y automatización del proceso productivo. Ello resultó en una mayor diferenciación hacia dentro del mismo movimiento obrero, con trabajadores y trabajadoras con mejores protecciones y contratos de trabajo, frente a otros/as, sumidos/as en la precarización laboral. A su vez, el sindicato tampoco representaba al conjunto del colectivo trabajador, sino que allí residía una lógica “contractual”, que no consideraba dentro de su ámbito a las personas con contrataciones “atípicas”, bajo formas fraudulentas, simuladas o pertenecientes a empresas subcontratadas de la principal.
Sin perjuicio de ello, también vemos la capacidad organizativa, tanto de los sindicatos tradicionales y los “de base” en la búsqueda de mejores derechos. Aquí se evidencian varios niveles de actuación. Por un lado, desde las llamadas “cúpulas” sindicales concentradas más en cuestiones que podríamos denominar aspectos “macrolaborales”, como políticas públicas, acuerdos marco, diálogo directo con el gobierno, convenios colectivos de mayor alcance. Por otro, desde una posición “microlaboral” y a través de aquellas bases sindicales, se observa un activismo hacia dentro de la empresa, que implicaba mayor fluidez de relación con los y las trabajadoras de cada unidad productiva, convenios de empresa y, en numerosas oportunidades, políticas gremiales que contradecían a las cúpulas sindicales de una misma actividad.
Las experiencias que relatamos durante este análisis se encuentran en un nivel que superan las discusiones “sindicalismo sí” o “sindicalismo no”. Nos encontramos ante nuevas formas de asociacionismo y de colectivización de intereses
Por otro lado, y fuera de lo estrictamente denominado sindical, podemos señalar a los movimientos sociales y asociacionistas, cuyo peso y trascendencia durante el neoliberalismo de los noventa en Argentina puede evidenciarse hasta nuestros días, a través de numerosos movimientos y, ahora sí, organizaciones de tipo sindical, como el caso de la CTEP que comentamos brevemente.
En efecto, a partir del 2011 durante el comienzo del segundo mandato de Cristina Fernández de Kirchner es cuando se evidencia una mayor incidencia de los/as trabajadores/as informales en términos de conflicto, aumentando constantemente desde los primeros meses del gobierno de Mauricio Macri. En este sentido, la novedad del movimiento en sí mismo y su lógica de denominación “por excepción”, como alejado del binomio trabajador contratado-trabajador precarizado, estimamos que le otorgó a dicho colectivo una investidura e importancia dentro de las políticas públicas y normativas gubernamentales. Ello sumado al gran aumento de la informalidad e inestabilidad laboral, especialmente desde el último gobierno macrista, generó el robustecimiento de las filas de los trabajadores informales, o las de aquellos bajo diversas situaciones de vulnerabilidad o dificultad en el acceso al empleo.
Las experiencias que relatamos durante este análisis se encuentran en un nivel que superan las discusiones “sindicalismo sí” o “sindicalismo no”. Nos encontramos ante nuevas formas de asociacionismo y de colectivización de intereses. Si bien finalmente la CTEP adquirió formas de “sindicalismo” tradicional, posee características propias que la alejan del sujeto trabajador tradicional, lo que también ofrece nuevas maneras de generar colectividad, a través de toma de decisiones de tipo horizontal (similar a lo sucedido con el sindicalismo “de base” a finales de los noventa y principios de los dos mil). Más allá de la denominación formal o de la “institucionalización” a través de los sindicatos, creemos que lo importante aquí son las formas de generar unidad para el conflicto y la negociación colectiva, tomando la precariedad y la informalidad como una herramienta (por supuesto, sin negar las sensibles problemáticas socioeconómicas que ello genera) y no como una forma de sumisión.
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Jorge Afarian. Abogado (Universidad de Buenos Aires) y becario doctoral UBACyT del proyecto de investigación: “Las peticiones de los sectores populares a la Convención Constituyente de 1949: prácticas y expectativas ante la reforma constitucional”, dirigido por la Dra. Leticia Vita. Es docente de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (Universidad de Buenos Aires). Ha publicado sobre sindicalismo, flexibilización laboral y nuevas tecnologías en el ámbito del trabajo.
NOTAS
1.- Esta actitud es similar a la adoptada en la década siguiente, pero en este caso el Poder Ejecutivo validó cláusulas convencionales superadoras de los derechos básicos que otorga la normativa laboral. [^]
2.- Esto no quiere decir que no existiesen los acuerdos de empresa, sino que comenzaron a activarse otras clases de negociaciones, a nivel de cúpulas. [^]
BIBLIOGRAFÍA
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